Micelio

decreto 2230 de 1953

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

De la partida apropiada en el Capítulo 117, artículo 1842 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1953 "para estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales, de acuerdo con los respectivos compromisos contractuales", hácese la siguiente distribución:

Artículo 1842Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1953 "para Estudios, Construcción, Reconstrucción Y Pavimentación De Carreteras Nacionales, De Acuerdo Con Los Respectivos Compromisos Contractuales", Hácese La Siguiente Distribución: Capítulo 117, Artículo 1842

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 117, artículo 1842 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1953 "para estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales, de acuerdo con los respectivos compromisos contractuales", hácese la siguiente distribución: Capítulo 117, artículo 1842. Ordinal 13). Para vías de acceso a los cuarteles del Batallón Tarqui, en Sogamoso $ 6.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas