DecretoVigente
Decreto 2458 de 1973
Por el cual se establece la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Cr?dito P?blico
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Aquí Va Pdf Adjunto2Dependientes De La Dirección General De Impuestos Nacionales Mientras La Unidad Correspondiente Asume La Función Pagadora, Créanse Los Siguientes Cargos: Aquí Va Pdf Adjunto3La Autoridad Nominadora Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En El Presente Decreto4El Cómputo Del Tiempo Para La Prima De Antigüedad, Su Reconocimiento Y Pago Se Hará Conforme A Las Previsiones Del Decreto-Ley Número 1912 De 19735Al Tenor Del Artículo 21 Del Decreto 1912 De 1973, Quedan Sin Efecto Los Decretos Por Medio De Los Cuales Se Crearon Y Asignaron Primas Técnicas6Los Actuales Empleados Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Que Fueren Incorporados En Cargos Con Sueldos Inferiores A La Remuneración Que Estén Devengando En El Momento De La Incorporación, Continuarán Con La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio U Obtengan Una Remuneración Superior7Los Empleados En Período De Prueba O Escalafonados En La Carrera Administrativa, Que Sean Reincorporados A Los Cargos Que Se Establecen Por El Preseste Decreto, Deberán Solicitar Al Departamento Administrativo Del Servicio Civil, División De Registro Central, La Actualización De Su Situación Respecto A La Carrera Administrativa, Acompañando Para El Efecto 1a Correspondiente Acta De Posesión Y Las Constancias De Que Reúnen Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual Descriptivo De Funciones8Los Actuales Empleados Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Ser Reincorporados A Cargos De Series Diferentes A Las Que Venían Desempeñando, Deberán Reunir Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual De Funciones9El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Julio De 1973, Para Los Empleados Públicos Que Estuvieren Prestando Sus Servicios En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Dicha Fecha, Y Sean Incorporados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Presente Decreto10El Presente Decreto Rige Apartir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Los Decretos Números 3033 De 1968, 1047, 1149, 2139, 2524 De 1971, 242, 366, 662, 690, 1366, 1433, 2095 Y 2096 De 1972, 925 Y 1625 De 1973 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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