en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 45 de 1967, corresponde al Gobierno Nacional distribuír las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada aprop
Considerando · 3 motivos
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 45 de 1967, corresponde al Gobierno Nacional distribuír las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que por Decreto número 2564 de 1968 se abrió un crédito adicional por $ 13.500.000.00 (Capítulo 1040, artículo 10307 - B), con destino al Instituto Geográfico "Agustin Codazzi", suma que es necesario distribuir, de conformidad con lo dispuesto en la misma apropiación, y;
Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado la solicitud de distribución presentada por el mencionado Instituto y la ha encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales;
Artículo 1Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Inversion Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Capítulo 1040 Rama Técnica Programa 1301 Servicios Geodésicos, Agrológicos, Cartográficos Y Catastrales
º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1968: PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Hacienda y Crédito Público CAPÍTULO 1040 Rama Técnica Programa 1301 Servicios geodésicos, agrológicos, cartográficos y catastrales. Inversión Indirecta 580 216. Artículo 10307 - B. Para entregar al Instituto Geográfico "Agustin Codazzi", según distribución posterior por Decreto $ 13.500.000 Que se distribuye, así: Proyecto
Catastro $ 6.081.000
Deslindes $ 20.000
Formación de catastro 3.200.000
Conservación del catastro 2.721.000
Estudios económicos y sistematización 50.000
Catastro jurídico 30.000
Planeamiento urbano 60.000 Proyecto
Cartografía 2.343.000
Aerofotografía $ 489.000
Aerotriangulación y restitución fotogramétrica de cartas y planos 346.000
Actualización de cartas 1.003.000
Triangulación y astronomía 505.000 Proyecto
Clasificación de suelos 4.648.000 a) Estudios y clasificación de suelos $ 4.648.000 Proyecto
Meteorología 71.000 a) Servicio de meteorología, en conjunto con el Fondo Especial de las Naciones Unidas $ 71.000 Proyecto
Estudios geográficos 342.000 Proyecto
Estudios geofísicos 15.000 Total $ 13.500.000
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.