El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. Autorízase al Ministerio de Agricultura para que, por conducto del Almacenista General del mismo Ministerio, ceda en calidad definitiva al Instituto Geofísico de los Andes Colombianos, los elementos de instrumental de ingenieria y dibujo que se encuentran en su poder, en préstamo, según Acta número 2 de marzo 16 de 1955, por un valor total de $ 3.010.00.
Artículo 2
Artículo segundo . El acta de entrega refrendada por la Auditoría Fiscal del Ministerio, y copia del presente Decreto, servirán de base al Almacenista para egresar el valor de los elementos de los libros de inventario respectivos. Comuníquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura