en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que de los fondos, destinados por el Decreto número 597 de 1950 para sueldos del personal de la Escuela Normal de Señoritas, da Manizales existe un sobrante superior a $ 250, por concepto de sueldos no devengados en los meses transcurridos del presente año, y Que es indispensable destinar una partida para atender al pago del mayor valor del sueldo que le corresponde a una Directora de Grupo que a partir del mes de agosto del presente año fue ascendida de 2ª a 1ª categoría
Considerando · 2 motivos
Que de los fondos, destinados por el Decreto número 597 de 1950 para sueldos del personal de la Escuela Normal de Señoritas, da Manizales existe un sobrante superior a $ 250, por concepto de sueldos no devengados en los meses transcurridos del presente año, y;
Que es indispensable destinar una partida para atender al pago del mayor valor del sueldo que le corresponde a una Directora de Grupo que a partir del mes de agosto del presente año fue ascendida de 2ª a 1ª categoría;
Artículo 1
Del sueldo sobrante en el artículo 1023, Capitulo 85 del Presupuesto-Nacional vigente, por concepto de sueldos no devengados en los meses transcurridos del presente año, destinase la suma de doscientos cincuenta pesos ($ 250) para atender al pago del mayor valor de la asignación que le corresponde a una Directora de Grupo, en virtud de su ascenso de 2ª a 1 categoría del Escalafón de Secundaria, a partir del mes de agosto del presente año, a razón de $,50 mensuales.
Queda en estos términos/modificado el Decreto 597 de 1950.
Artículo 1023, Capitulo 85 Del Presupuesto-Nacional Vigente, Por Concepto De Sueldos No Devengados En Los Meses Transcurridos Del Presente Año, Destinase La Suma De Doscientos Cincuenta Pesos ($ 250) Para Atender Al Pago Del Mayor Valor De La Asignación Que Le Corresponde A Una Directora De Grupo, En Virtud De Su Ascenso De 2ª A 1 Categoría Del Escalafón De Secundaria, A Partir Del Mes De Agosto Del Presente Año, A Razón De $,50 Mensuales
Artículo único. Del sueldo sobrante en el artículo 1023, Capitulo 85 del Presupuesto-Nacional vigente, por concepto de sueldos no devengados en los meses transcurridos del presente año, destinase la suma de doscientos cincuenta pesos ($ 250) para atender al pago del mayor valor de la asignación que le corresponde a una Directora de Grupo, en virtud de su ascenso de 2ª a 1 categoría del Escalafón de Secundaria, a partir del mes de agosto del presente año, a razón de $,50 mensuales.
Queda en estos términos/modificado el Decreto 597 de 1950. Comuníquese y publíquese