Micelio

decreto 290 de 1894

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Artículo 1Establecese El Puesto De Agente General De Inmigración Del Gobierno De Colombia En Europa

°. Establecese el puesto de Agente general de inmigración del Gobierno de Colombia en Europa.

Artículo 2Para Los Efectos Fiscales Asimílase Ese Puesto Al Da Ministro Diplomático De Primera Clase

°. Para los efectos fiscales asimílase ese puesto al da Ministro diplomático de primera clase.

Artículo 3Nómbrase Para Desempeñar El Puesto De Agente General De Inmigración En Europa, Al Sr

°. Nómbrase para desempeñar el puesto de Agente general de inmigración en Europa, al Sr. General D. Leonardo Canal.

Artículo 4La Agencia Nacional De Inmigración Establecida En Las Islas Canarias, Según El Artículo 6° Del Decreto Número 335 De 1893, Se Suprimirá El Día 30 De Junio De 1894

°. La agencia Nacional de inmigración establecida en las Islas Canarias, según el artículo 6° del Decreto número 335 de 1893, se suprimirá el día 30 de Junio de 1894. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento