Artículo 1Apruébase La Resolución Número Jd-012 Del 11 De Junio De 1975, Emanada De La Junta Directiva De La Administración Postal Nacional Y Cuyo Texto Es El Siguiente: Resolucion Numero Jd-012 De 1975 (Junio 11) Por La Cual Se Determina La Planta De Personal De La Administración Postal Nacional
° Apruébase la Resolución número JD-012 del 11 de junio de 1975, emanada de la Junta Directiva de la Administración Postal Nacional y cuyo texto es el siguiente: RESOLUCION NUMERO JD-012 DE 1975 (junio 11) por la cual se determina la Planta de Personal de la Administración Postal Nacional. La Junta Directiva de la Administración Postal Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias, Resuelve:
Artículo 1Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias De La Administración Postal Nacional, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal
° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Administración Postal Nacional, serán cumplidas por la Planta de Personal.
Artículo 2Los Sueldos Señalados En Esta Resolución Corresponden A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo
° Los sueldos señalados en esta Resolución corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Artículo 3El Tiempo Para El Reconocimiento De La Prima De Antigüedad Comenzará A Contarse A Partir Del Primero (1°) De Febrero De 1975, Para Los Empleados Que Estaban Al Servicio De La Administración Postal Nacional En Dicha Fecha Y Sean Incorporados A La Nueva Planta De Personal
° El tiempo para el reconocimiento de la prima de antigüedad comenzará a contarse a partir del primero (1°) de febrero de 1975, para los empleados que estaban al servicio de la Administración Postal Nacional en dicha fecha y sean incorporados a la nueva Planta de Personal. Para los demás empleados, a partir de la lecha de la posesión.
Artículo 4El Director General, Los Subdirectores Y Los Directores Regionales De La Administración Postal Nacional, Tendrán Derecho A Gastos De Representación En Las Proporciones Fijadas Por El Artículo 12 Del Decreto Número 2551 De 1973
° El Director General, los Subdirectores y los Directores Regionales de la Administración Postal Nacional, tendrán derecho a gastos de representación en las proporciones fijadas por el artículo 12 del Decreto número 2551 de 1973.
Artículo 5La Autoridad Nominado Procederá, Conforme A Las Disposiciones Legales Y Estatutarias Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En Esta Resolución
° La autoridad nominado procederá, conforme a las disposiciones legales y estatutarias vigentes, a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen en esta Resolución. Los empleados públicos que estando al servicio de la Administración Postal Nacional fueren incorporados en la Planta de Personal que por esta Resolución se fija, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva, 1a constitución de fianza cuando sea del caso, y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de sueldo, si a ello hubiere lugar.
Artículo 6Los Funcionarios Reincorporados A La Planta De Personal Tendrán Derecho Al Sueldo De Ingreso Del Grado Al Cual Corresponda El Cargo
° Los funcionarios reincorporados a la Planta de Personal tendrán derecho al sueldo de ingreso del grado al cual corresponda el cargo. Si por razón de esta reincorporación un funcionario quedare con una remuneración mensual superior a la que figura en la columna "Sueldo de Ingreso" del grado correspondiente al empleo, continuará, percibiendo esta hasta cuando se retire del servicio u obtenga una remuneración Superior. En estos casos la prima de antigüedad será la del grado que corresponda al caigo al cual haya sido reincorporado, la cual se adicionará a la remuneración a que tenga derecho.
Artículo 7Para Efectos De La Reincorporación, Los Funcionarios No Estarán Sujetos A Las Normas Sobre Concursos Establecidos Para La Provisión De Empleos
° para efectos de la reincorporación, los funcionarios no estarán sujetos a las normas sobre concursos establecidos para la provisión de empleos.
Artículo 8La Presente Resolución Requiere Para Su Validez La Aprobación Mediante, Decreto Del Gobierno Nacional
° La presente Resolución requiere para su validez la aprobación mediante, decreto del Gobierno Nacional.
Artículo 9La Presente Resolución Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° La presente Resolución deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Artículo 2E1 Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° E1 presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,