Considerando · 3 motivos
Que el Decreto número 2060, de 11 de diciembre último, fijó el l° de febrero próximo para cerrar la emisión de los bonos de deuda interna destinados por dicho Decreto al pago de los créditos provenientes de reconocimientos y ordenaciones de la actual vigencia y de la que expiró el 28 de febrero de 1918 ;
Que la Tesorería General está recibiendo solicitudes de bonos de diferentes Administraciones de Hacienda, en pago de los expresados servicios y posiblemente llegarán otras con posterioridad .al 1° de febrero ;
Que estando destinados los bonos al pago de créditos provenientes de la vigencia en curso que expira el 28 de febrero, debe facilitarse el medio de hacer uso de tal derecho a los acreedores que deseen hacer uso de ese recurso;
Artículo 1Prorrógase Hasta El 31 De Marzo De 1919 El Término Para La Emisión De Bonos Colombianos De Deuda Interna Destinados Al Pago De Créditos Provenientes De Reconocimientos Y Ordenaciones De La Actual Vigencia Y De La Que Expiró El 28 De Febrero De 1918
° Prorrógase hasta el 31 de marzo de 1919 el término para la emisión de bonos colombianos de deuda interna destinados al pago de créditos provenientes de reconocimientos y ordenaciones de la actual vigencia y de la que expiró el 28 de febrero de 1918. Comuníquese y publíquese.