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decreto 2283 de 2018

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio del Trabajo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, para efectos de modificar la planta de personal, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, obt

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio del Trabajo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, para efectos de modificar la planta de personal, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

Que para los fines de este Decreto se cuenta con el concepto de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 1Suprimir De La Planta De Personal Del Ministerio Del Trabajo Los Siguientes Cargos: Planta Global

°. Suprimir de la planta de personal del Ministerio del Trabajo los siguientes cargos: PLANTA GLOBAL

Artículo 2Crear En La Planta De Personal Del Ministerio De Trabajo Los Siguientes Cargos: Despacho Del Ministro Planta Global

°. Crear en la planta de personal del Ministerio de Trabajo los siguientes cargos: DESPACHO DEL MINISTRO PLANTA GLOBAL

Artículo 3El Ministerio Del Trabajo, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto, Mediante Acto Administrativo Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas De La Entidad

°. El Ministerio del Trabajo, distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 4Los Empleos Que Se Crean Con Ocasión De Esta Modificación, Serán Provistos De Conformidad Con Las Disposiciones Legales Vigentes

°. Los empleos que se crean con ocasión de esta modificación, serán provistos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente Los Decretos Número 4112 De 2011, 1732 De 2012, 965 De 2013, 2112 De 2013, 1614 De 2015, 1616 De 2015,1715 De 2016 Y 1497 De 2018

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos número 4112 de 2011, 1732 de 2012, 965 de 2013, 2112 de 2013, 1614 de 2015, 1616 de 2015,1715 de 2016 y 1497 de 2018.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra del Trabajo
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública