El Presidente de la Republica de Colombia
en uso de sus facultades constitucionales
Artículo 1
Articulo 1º . Deróganse los Decretos Reglamentarios 360 de 1972; 1182 y 1531 de 1974, y el articulo 3º del Decreto 2049 de 1968.
Artículo 2
º . El presente Decreto rige a partir de su fecha de expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República