Micelio

decreto 3158 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

En armonía con lo dispuesto por el parágrafo del artículo 9°, del Decreto legislativo número 3132 de 1954, la partida global de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00) moneda corriente, apropiada en el artículo 1159, Capítulo 87 del Presupuesto de Gastos vigente, destinada "para obras municipales, por intermedio del Instituto Nacional de Fomento Municipal", se distribuye así:

MINISTERIO DE FOMENTO.

Capítulo 87, artículo 1159.

Artículo 9, Del Decreto Legislativo Número 3132 De 1954, La Partida Global De Cinco Millones De Pesos ($ 5

Artículo primero. En armonía con lo dispuesto por el

Parágrafo

del artículo 9°, del Decreto legislativo número 3132 de 1954, la partida global de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00) moneda corriente, apropiada en el artículo 1159, Capítulo 87 del Presupuesto de Gastos vigente, destinada "para obras municipales, por intermedio del Instituto Nacional de Fomento Municipal", se distribuye así: MINISTERIO DE FOMENTO. Capítulo 87, artículo 1159. C1d (a). Ordinal 1° Para auxiliar las siguientes obras que se adelantan en Municipios del Departamento de Boyacá, y cuyas partidas han resultado deficientes, así: $ 500.000.00

a)

Arcabuco. Acueducto y alcantarillado $ 55.303.68

b)

Briceño. Acueducto 49.156.07

c)

Caldas. Acueducto 19.157.09

d)

Nobsa. Acueducto y alcantarillado 116.947.17

e)

San José de Pare. Acueducto y alcantarillado 76.909.83

f)

Zetaquirá. Acueducto 34.851.49

g)

Cultiva, Tibasosa y Tota. Varias obras 147.674.87 C1d (a). Ordinal 2° Para el acueducto de Sutatensa (Boyacá) 125.000.00 C1d (a). Ordinal 3° Para el alcantarillado de Ambalema (Tolima); con desagüe general 115.000.00 C1d (a). Ordinal 4° Para el acueducto de Flandes (Tolima). Construcción 140.000.00 C1d (a). Ordinal 5° Para el acueducto de Melgar (Tolima) 485.000.00 C1d (a). Ordinal 6° Para el alcantarillado de Melgar (Tolima) 300.000.00 C1d (a). Ordinal 7° Para el acueducto de Ríohacha, Camarones, Dibulla y La Punta (Intendencia de La Guajira) 550.000.00 C1d (a). Ordinal 8° Para el alcantarillado de Leticia (Comisaría del Amazonas) 275.000.00 C1d (a). Ordinal 9° Para construcción de acueductos y alcantarillados en los siguientes Municipios y Corregimientos: Ataco, Cunday, Icononzo, La Aurora. Los Alpes, Lozanía, Prado, San Pablo, Tres Esquinas, Valencia y Villarrica (Departamento del Tolima); Cabrera, Núñez, Ospina Pérez, Pasca y Pandi (Departamento de Cundinamarca) y Mundo Nuevo 1.110.000.00 C1d (a). Ordinal 10. Para los gastos que demanden los estudios de acueductos y alcantarillados, y actualización de proyectos para Varios Municipios y Corregimientos en el país 1.400.000.00 Suma $ 5.000.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento