Micelio

decreto 3158 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de los fondos destinados por el Decreto número 267 de 1948 para alimentación de alumnos becados v empleados internos de la Escuela Normal de Varones de Barranquilla existe un sobrante de $ 3.978 por concepto de becas no adjudicadas y pensiones no disfrutadas en el transcurso del presente año

Considerando · 2 motivos

Que de los fondos destinados por el Decreto número 267 de 1948 para alimentación de alumnos becados v empleados internos de la Escuela Normal de Varones de Barranquilla existe un sobrante de $ 3.978 por concepto de becas no adjudicadas y pensiones no disfrutadas en el transcurso del presente año;

Que para la organización adecuada de la Granja Agrícola de la misma Escuela es indispensable dotarla convenientemente, en forma que corresponda al servicio a que está destinada;

Artículo 1

Destínase la suma de S 3.988, apropiada en el artículo 1247, Capítulo 88 del Presupuesto Nacional vigente, sobrante por concepto de becas no adjudicadas en la Escuela Normal de Varones de Barranquilla, para dotación, organización, adiciones y mejoras de la Granja Agrícola de la Escuela Normal de Varones de Barranquilla.

Parágrafo

Queda en estos términos modificado el Decreto 267 de 1948.

Artículo 1247, Capítulo 88 Del Presupuesto Nacional Vigente, Sobrante Por Concepto De Becas No Adjudicadas En La Escuela Normal De Varones De Barranquilla, Para Dotación, Organización, Adiciones Y Mejoras De La Granja Agrícola De La Escuela Normal De Varones De Barranquilla

Artículo único. Destínase la suma de S 3.988, apropiada en el artículo 1247, Capítulo 88 del Presupuesto Nacional vigente, sobrante por concepto de becas no adjudicadas en la Escuela Normal de Varones de Barranquilla, para dotación, organización, adiciones y mejoras de la Granja Agrícola de la Escuela Normal de Varones de Barranquilla.

Parágrafo

Queda en estos términos modificado el Decreto 267 de 1948. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda v Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional