Micelio

decreto 880 de 1988

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el numeral 5º del artículo 120 de la Constitución Política

Artículo 1Adiciónase El Artículo 1º Del Decreto Número 829 De Fecha 29 De Abril De 1988, En El Sentido Que El Doctor Eduardo Rozo Acuña, Consejero, Grado Ocupacional 4 E X En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Italia, Actuará También Como Encargado De Las Punciones Consulajes En Roma

º Adiciónase el artículo 1º del Decreto número 829 de fecha 29 de abril de 1988, en el sentido que el doctor Eduardo Rozo Acuña, Consejero, Grado Ocupacional 4 E X en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Italia, actuará también como Encargado de las Punciones Consulajes en Roma.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores