Micelio

decreto 2748 de 1980

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Artículo 1La Sección Colombiana De La Comisión Permanente Del Pacífico Sur Estará Constituida De La Siguiente Manera: A) Por El Subsecretario De Organismos Y Conferencias Internacionales Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Quien La Preside; B) Por El Jefe De La Dependencia De Asuntos Del Mar Del Ministerio De Relaciones Exteriores; C) Por El Director General De La Dirección Marítima Y Portuaria O Su Representante; D) Por El Presidente De La Comisión Colombiana De Oceanografía O Su Representante; E) Por El Director Nacional De Pesca Del Inderena O Su Representante; F) Por El Director De Colciencias O Su Representante

° La Sección Colombiana de la Comisión Permanente del Pacífico Sur estará constituida de la siguiente manera

a)

Por el Subsecretario de Organismos y Conferencias Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la preside;

b)

Por el Jefe de la Dependencia de Asuntos del Mar del Ministerio de Relaciones Exteriores;

c)

Por el Director General de la Dirección Marítima y Portuaria o su representante;

d)

Por el Presidente de la Comisión Colombiana de Oceanografía o su representante;

e)

Por el Director Nacional de Pesca del Inderena o su representante;

f)

Por el Director de Colciencias o su representante.

Artículo 2° La Sección Colombiana De La Cpps Podrá Solicitar La Asesoría De Las Entidades Públicas, Privadas O Mixtas Que Tengan Dentro De Sus Actividades Alguna Relación Con Los Asuntos Del Mar, Cuando Lo Estime Conveniente

° La Sección Colombiana de la CPPS podrá solicitar la asesoría de las entidades públicas, privadas o mixtas que tengan dentro de sus actividades alguna relación con los asuntos del mar, cuando lo estime conveniente.

Artículo 3Las Actividades De La Sección Colombiana De La Cpps Estarán Dirigidas Y Coordinadas Por La Dependencia Del Ministerio De Relaciones Exteriores Encargada De Los Asuntos Del Mar, La Cual Servirá De Enlace Entre La Secretaría General De La Cpps Y El Gobierno Colombiano Para Los Fines Que Persigue El Sistema Del Pacífico Sur

° Las actividades de la Sección Colombiana de la CPPS estarán dirigidas y coordinadas por la Dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores encargada de los Asuntos del Mar, la cual servirá de enlace entre la Secretaría General de la CPPS y el Gobierno colombiano para los fines que persigue el sistema del Pacífico Sur.

Parágrafo 1

La Sección Nacional Colombiana de la CPPS dictará su reglamento interno para el ejercicio de sus funciones.

Parágrafo 2

Los delegados que integran la Sección Colombiana de la Comisión Permanente del Pacífico Sur prestarán su colaboración ad honórem.

Artículo 4La Sección Colombiana De La Cpps Tendrá Las Siguientes Funciones; A) Adelantar Los Estudios Sobre Aquellos Asuntos De Interés Que Sometan A Su Consideración Los Miembros Y Elaborar Las Respectivas Mociones Para Ser Presentada A La Cpps; B) Proponer A La Cpps La Adopción De Los Acuerdos Que Estime Conveniente Para La Mejor Explotación Y Conservación De Las Riquezas Marítimas Del Pacífico Sur; C) Solicitar A La Cpps La Realización De Estudios O Labores Que Se Estime Necesarios; D) Estudiar El Presupuesto De La Cpps Y Gestionar El Pago De Las Cuotas Asignadas Al Gobierno Nacional Para El Sostenimiento De La Comisión Permanente

° La Sección Colombiana de la CPPS tendrá las siguientes funciones

a)

Adelantar los estudios sobre aquellos asuntos de interés que sometan a su consideración los miembros y elaborar las respectivas mociones para ser presentada a la CPPS;

b)

Proponer a la CPPS la adopción de los acuerdos que estime conveniente para la mejor explotación y conservación de las riquezas marítimas del Pacífico Sur;

c)

Solicitar a la CPPS la realización de estudios o labores que se estime necesarios;

d)

Estudiar el presupuesto de la CPPS y gestionar el pago de las cuotas asignadas al Gobierno Nacional para el sostenimiento de la Comisión Permanente.

Artículo 5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República