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decreto 4610 de 2010

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular, las previstas en los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Pú

Considerando · 8 motivos

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;

Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 325 de 2010 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $5.822,2 mil millones;

Que el Consejo de Ministros, el 21 de enero de 2010 facultó al Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente;

Que el artículo 5° del Decreto 325 del 3 de febrero de 2010, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;

Que el Ministerio de Minas y Energía, mediante comunicación número 2010057914 del 8 de noviembre de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante oficio No. DIFP- 20102660005956 del 5 de noviembre de 2010;

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante comunicación número 2-2010-044295 del 9 de noviembre de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante oficio número DIFP- 20102660006086 del 10 de noviembre de 2010;

Que el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, mediante comunicación número DIR-1041825 del 3 de noviembre de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de una partida del presupuesto de gastos de inversión del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad incluida en el Decreto 325 de 2010; y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación (DNP) emitió concepto favorable mediante oficio No. DIFP-20102660005566 del 26 de octubre de 2010;

Que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), en su sesión del 29 de noviembre de 2010, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas partidas por la suma de dos mil quinientos millones de pesos ($2.500.000.000) moneda legal;

Artículo 1Desaplazar El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 2010, En La Suma De Dos Mil Quinientos Millones De Pesos ($2

°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de dos mil quinientos millones de pesos ($2.500.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle: DESAPLAZAMIENTO-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN CTA. PROG SUBC SUBP OBJG PROY ORD SPRY SOR REC SIT CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCION: 2101 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA TOTAL 1.500.000.000 1.500.000.000 A. FUNCIONAMIENTO 1.500.000.000 1.500.000.000 UNIDAD 210101 GESTION GENERAL 1.500.000.000 1.500.000.000 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.500.000.000 1.500.000.000 3 6 OTRAS TRANSFERENCIAS 1.500.000.000 1.500.000.000 3 6 3 DESTINATARIO DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.500.000.000 1.500.000.000 3 6 3 26 PROVISION PARA GASTOS INSTITUCIONALES Y/O SECTORIALES CONTINGENTES-PREVIO CONCEPTO DGPPN 1.500.000.000 1.500.000.000 10 RECURSOS CORRIENTES 1.500.000.000 1.500.000.000 SECCON: 3501 1.500.000.000 1.500.000.000 MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO TOTAL 1.000.000.000 1.000.000.000 A.FUNCIONAMIENTO 1.000.000.000 1.000.000.000 UNIDAD 3501 MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TIRISMO 1.000.000.000 1.000.000.000 TOTAL 1.000.000.000 1.000.000.000 A.FUNCIONAMIENTO 1.000.000.000 1.000.000.000 UNIDAD 350101 1.000.000.000 1.000.000.000 GESTION GENERAL 1.000.000.000 1.000.000.000 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.000.000.000 1.000.000.000 3 6 OTRAS TRANSFERENCIAS 3 6 3 DESTINATARIO DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3 6 3 26 PROVICION PARA GASTOS INSTITUCIONALES PREVIO CONCEEPTODGPPN 10 RECURSOS CORRIENTES TOTAL DESPLAZAMIENTO 2.500.000.000

Artículo 2Aplazar El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 2010, En La Suma De Dos Mil Quinientos Millones De Pesos ($2

°. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de dos mil quinientos millones de pesos ($2.500.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle: APLAZAMIENTO-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN SECCION: 0602 FONDO RETATORIO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD TOTAL 719.380.000 719.380.000 C. INVERSION 719.380.000 719.380.000 211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES SUMINISTRO Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 719.380.000 719.380.000 211 101 DEFENSA Y SEGURIDAD INTERNA 719.380.000 719.380.000 211 101 17 ADQUISICION DE HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA INTELIGENCIA PARA EL DAS NACIONAL (PREVIO CONCEPTO DNP) 719.380.000 719.380.000 10 RECURSOS CORRIENTES 719.380.000 719.380.000 SECCION: 2101 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA TOTAL 1.500.000.000 1.500.000.000 A.FUNCIONAMIENTO 805.500.000 805.500.000 UNIDAD: 210101 GESTION GENERAL 805.500.000 805.500.000 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 805.500.000 805.500.000 3 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO 505.500.000 505.500.000 3 2 1 ORDEN NACIONAL 505.500.000 505.500.000 3 2 1 1 CUOTA DE AUDITAJE CONTRANAL 505.500.000 505.500.000 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 505.500.000 505.500.000 3 6 OTRAS TRANSFERENCIAS 505.500.000 505.500.000 3 6 1 SENTENCIAS Y CONCILIACIONES 300.000.000 300.000.000 3 6 1 1 SENTENCIAS Y CONCILIACIONES 300.000.000 300.000.000 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 300.000.000 300.000.000 C: INVERSION 694.5000.000 694.5000.000 UNIDAD 210101 GESTION GENERAL 694.5000.000 694.5000.000 221 ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 250.000.000 250.000.000 221 207 MINERIA 250.000.000 250.000.000 221 207 2 MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA INFORMATICA Y FISICA PARA LA GESTION MINERA EN EL TERRITORIO NACIONAL 250.000.000 250.000.000 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 250.000.000 250.000.000 630 TRANSFERENCIAS 444.500.000 444.500.000 630 500 INTERSUBSECTORIAL ENERGIA 444.500.000 444.500.000 630 500 1 APOYO FINANCIERO PARA LA ENERGIZACION DE ZONAS RURALES INTERCONECTADAS FAER (ART.105 DE LA LEY 788 DE 2002) REGION NACIONAL 444.500.000 444.500.000 16 FONDOS ESPECIALES 444.500.000 444.500.000 SECCION 3501 MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO TOTAL 280.620.000 280.620.000 C. INVERSION 280.620.000 280.620.000 UNIDAD 350101 GESTION GENERAL 280.620.000 280.620.000 520 ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO 280.620.000 280.620.000 520 200 INTERSUBSECTORIAL INDUSTRIA Y COMERCIO 280.620.000 280.620.000 520 200 7 IMPLANTACION Y DIFUSION DE UN NUEVO SISTEMA DE CONTABILIDAD CON REFERENTE INTERNACIONAL A NIVEL NACIONAL 280.620.000 280.620.000 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 280.620.000 280.620.000 TOTAL APLAZAMIENTO 2.500.000.000 2.500.000.000

Artículo 3Vigencia

°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular, las previstas en los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público