Artículo 1
Artículo único. Ejecútense como ley de la República los preinsertos Pactos internacionales. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
Alfredo Michelsenencargado