Micelio

decreto 581 de 1969

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las .apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las .apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;

Que con el objeto de atender al pago de los aumentos de sueldos, los gastos de representación y la Prima de Navidad, ordenados por la Ley 83 de 1968, y los Decretos números 307 y 344 de 1969, es necesario incrementar las correspondientes apropiaciones en el Presupuesto de Gastos del Ministerio Público, por un total de $ 9.823.372.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 1 de 1969, por $ 340.000.000.00, correspondientes al artículo 1506, Reforma Administrativa, del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de los cuales se utilizan $ 9.823.372.00, para financiar los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capitulo 141 Gabinete Programa 169 Servicios Administrativos Servicios Personales 101, 111, 103

°. Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Funcionamiento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 141 Gabinete Programa 169 Servicios Administrativos Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 1506. Reforma Administrativa $ 9.823.372 Suma el contracrédito $ 9.823.372

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adiciónales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio Publico Capitulo 380 Procuraduría General De La Nación Programa 391 Dirección Y Administración De La Procuraduría General De La Nación Servicios Personales 101, 134, 103

°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adiciónales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Funcionamiento MINISTERIO PUBLICO CAPITULO 380 Procuraduría General de la Nación Programa 391 Dirección y Administración de la Procuraduría General de la Nación Servicios personales 101, 134, 103. Artículo 3801. Sueldos del personal de nómina $ 4.226.310 101, 134, 105.-Artículo 3802. Gastos de representación 17.400 102, 134, 117. Artículo 3804. Prima de Navidad 422.631 CAPITULO 381 Fiscalías de los Tribunales Superiores Programa 392 Dirección y Administración de las Fiscalías de los Tribunales Superiores Servicios personales 101. 134, 103. Artículo 3814. Sueldos del personal de nómina $ 2.254.62 102, 134, 117. Artículo 3816. Prima de Navidad 225.462 CAPITULO 382 Fiscalías de los Juzgados Superiores Programa 393 Dirección y Administración de las Fiscalías de los Juzgados Superiores Servicios personales 101, 134, 103. Artículo 3825. Sueldos del personal de nómina 2.100.070 102, 134, 117. Artículo 3827. Prima de Navidad 210.007 CAPITULO 383 Fiscalías de lo Contencioso Administrativo Programa 394 Dirección y Administración de las Fiscalías de lo Contencioso Administrativo Servicios personales 101, 134, 103. Artículo 3836. Sueldos del personal de nómina 267.520 101, 134, 105. Artículo 3837. Gastos de representación 69.600 102, 134, 117. Artículo 3838. Prima de Navidad 29.752 Suman los créditos 9.823.373

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado