Micelio

decreto 581 de 1957

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Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

CAPITULO 267

División de Formación Profesional y Colocaciones.

División de Formación Profesional y Colocaciones.

Artículo 2721Para Material De Enseñanza De Las Clases Prácticas Del Instituto Nacional Dé Taller, Para El Servicio De La División De Formación Profesional Y Colocaciones, En El Año $ 28

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio del Trabajo. CAPITULO 267 División de Formación Profesional y Colocaciones. 003 y 222 Del artículo 2721. Para material de Enseñanza de las clases prácticas del Instituto Nacional dé taller, para el servicio de la División de Formación Profesional y Colocaciones, en el año $ 28.400 Suman los contracréditos $ 28.400 CAPITULO 267 División de Formación Profesional y Colocaciones. 001. Al artículo 2716. Para el pago de profesorado, en cumplimiento de los respectivos contratos, en el año $ 28.400 Suman los créditos $ 28.400

Artículo 2

Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo