Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
CAPITULO 267
División de Formación Profesional y Colocaciones.
División de Formación Profesional y Colocaciones.
Artículo 2721Para Material De Enseñanza De Las Clases Prácticas Del Instituto Nacional Dé Taller, Para El Servicio De La División De Formación Profesional Y Colocaciones, En El Año $ 28
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio del Trabajo. CAPITULO 267 División de Formación Profesional y Colocaciones. 003 y 222 Del artículo 2721. Para material de Enseñanza de las clases prácticas del Instituto Nacional dé taller, para el servicio de la División de Formación Profesional y Colocaciones, en el año $ 28.400 Suman los contracréditos $ 28.400 CAPITULO 267 División de Formación Profesional y Colocaciones. 001. Al artículo 2716. Para el pago de profesorado, en cumplimiento de los respectivos contratos, en el año $ 28.400 Suman los créditos $ 28.400
Artículo 2
Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.