El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Adoptase Con Carácter Provisional El Modelo De Libros De Diarias De Puesto Diario De Navegación Y Diario De Máquinas, Aprobados Por El Ministerio De Guerra, Según Los Anexos Números 1, 2 Y 3
º. Adoptase con carácter provisional el modelo de libros de Diarias de puesto diario de navegación y diario de máquinas, aprobados por el Ministerio de Guerra, según los anexos números 1, 2 y 3.
Artículo 2Tanto Los Buques De Guerra, Como Los Transportes De Propiedad Del Ministerio Guerra, Incluyendo Los Cinco Barcos Del Amazonas Que Pasaran Al Ministerio De Industrias, Les Será Obligatorio Llevar Los Mencionado
º. Tanto los buques de guerra, como los transportes de propiedad del Ministerio Guerra, incluyendo los cinco barcos del amazonas Que pasaran al Ministerio de Industrias, les será obligatorio llevar los mencionado .libros en las condiciones en que en los anexos haya estipuladas. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Industrias