en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que al restablecerse en la Escuela Militar las plazas de cadetes supernumerarios, se tuvo en mira que algunos jóvenes pudieran recibir en este instituto la educación general y especial que en él se da como preparación para la carrera militar
Considerando · 3 motivos
Que al restablecerse en la Escuela Militar las plazas de cadetes supernumerarios, se tuvo en mira que algunos jóvenes pudieran recibir en este instituto la educación general y especial que en él se da como preparación para la carrera militar;
Que se ha presentado buen numero de aspirantes para ingresar como Cadetes supernumerarios, quienes reúnen muy buenas condiciones generales; pero que, en los exámenes de admisión no alcanzaron a comprobar la preparación requerida para ingresar al curso general como lo exige el prospecto respectivo y;
Que el gobierno debe coadyuvar en cuanto sea posible en la preparación de los jóvenes que desean seguir alguna carrera profesional;
Artículo 1
Refórmase el pénsum de estudios de la Escuela Militar de Cadetes, creando un curso preparatorio de un año, exclusivamente para Cadetes supernumerarios.
Queda en estos términos modificado el artículo 4 del prospecto de admisión de alumnos aprobado por Decreto número 2207 de 1928.
Artículo 4Del Prospecto De Admisión De Alumnos Aprobado Por Decreto Número 2207 De 1928
Artículo único. Refórmase el pénsum de estudios de la Escuela Militar de Cadetes, creando un curso preparatorio de un año, exclusivamente para Cadetes supernumerarios.
Queda en estos términos modificado el artículo 4 del prospecto de admisión de alumnos aprobado por Decreto número 2207 de 1928. Comuníquese y publíquese.