Micelio

decreto 880 de 1934

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Educación Nacional solicita un traslado por La suma de mil veinte pesos ($1,020) al artículo 145 capítulo 40, del Presupuesto de la actual vigencia, por haber resultado insuficiente la partida destinada para útiles de escritorio, material de las oficinas del Ministerio y sus dependencias, premios, etc.

Considerando · 4 motivos

Que el Ministerio de Educación Nacional solicita un traslado por La suma de mil veinte pesos ($1,020) al artículo 145 capítulo 40, del Presupuesto de la actual vigencia, por haber resultado insuficiente la partida destinada para útiles de escritorio, material de las oficinas del Ministerio y sus dependencias, premios, etc.

Que dicha suma figura en el artículo 144, capítulo. 40, del mismo Presupuesto;

Que el señor Contralor General de la Republica, en oficio número, 4028 de. fecha 17 del mes en curso, comunica, que en el citado artículo 144 hay saldo. no comprometido y se ha hecho la reserva correspondiente por la suma de mil veinte pesos ($, 1,020), para poder verificar el traslado y;

Que se han llenado las formalidades exigidas por los artículos 32 y 33 de la Ley 04 de 1931;

Artículo 1

Trasladase del artículo 144, capítulo 40, del Presupuesto dé la vigencia en curso la suma de mil veinte pesos ($ 1,020) al artículo 145, capítulo 40, del mismo Presupuesto.

Artículo 144, Capítulo 40, Del Presupuesto Dé La Vigencia En Curso La Suma De Mil Veinte Pesos ($ 1,020) Al Artículo 145, Capítulo 40, Del Mismo Presupuesto

Artículo único. Trasladase del artículo 144, capítulo 40, del Presupuesto dé la vigencia en curso la suma de mil veinte pesos ($ 1,020) al artículo 145, capítulo 40, del mismo Presupuesto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional