El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. Cámbiase la denominación del cargo de "Ingeniero para obras de Irrigación" de la Zona Técnico-Administrativa del Tolima, del Departamento Nacional de Agricultura, de que trata el Decreto número 190 del presente año, por la de "Agrónomo para obras de Irrigación" de la misma Zona.
Artículo 2
Artículo segundo. A partir de la fecha, asignanse las funciones de Pagador de la Estación Agrícola Experimental de La Picota, al Almacenista de la misma Estación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de la Economía Nacional