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decreto 1348 de 2009

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Cr

Considerando · 9 motivos

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;

Que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 0004 de 2009 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $3.024,7 mil millones;

Que el Consejo de Ministros el 2 de enero de 2009 facultó al Consejo Superior de Política Fiscal –Confis– para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente;

Que el artículo 4° del Decreto 0004 del 2 de enero de 2009 estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal –Confis– podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;

Que el Ministerio de Educación Nacional, mediante comunicación del 1° de abril de 2009 solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento incluidas en el Decreto 004 de 2009;

Que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 1023 de 2009 mediante el cual se modificó el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto 0004 del 2 de enero de 2009;

Que el Fondo de Comunicaciones, mediante Comunicación número 278387 del 12 de marzo de 2009, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 1023 de 2009;

Que el Departamento Nacional de Planeación –DNP– mediante Oficio DIFP-25-20092620001216 del 20 de marzo de 2009, emitió concepto favorable a la modificación solicitada por el Fondo de Comunicaciones;

Que el Consejo Superior de Política Fiscal –Confis– en su sesión del 2 de abril de 2009 una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas partidas incluidas en el aplazamiento del Ministerio de Educación Nacional y del Fondo de Comunicaciones por la suma de ciento cincuenta mil doscientos cincuenta millones de pesos ($150.250.000.000) moneda legal;

Artículo 1Desaplazar El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 2009 En La Suma De Ciento Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta Millones De Pesos ($150

°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009 en la suma de ciento cincuenta mil doscientos cincuenta millones de pesos ($150.250.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle: DESPLAZAMIENTO – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA PROG SUB SUBP OBJG PROY ORD SPRY REG CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCION 2201 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL TOTAL 150.000.000.000 150.000.000.000 UN IDAD 220101 GESTION GENERAL 150.000.000.000 150.000.000.000 A. FUNCIONAMIENTO 150.000.000.000 150.000.000.000 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 150.000.000.000 150.000.000.000 3 5 TRANFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL 150.000.000.000 150.000.000.000 3 5 3 OTRAS TRANFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL 150.000.000.000 150.000.000.000 3 5 3 27 RECURSOS PARA TRANSFERIR AL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, PREVIA PREVISION FALTANTE DE CESANTIAS 150.000.000.000 150.000.000.000 10 RECURSOS CORRIENTES 150.000.000.000 150.000.000.000 SECCION 2306 FONDO DE COMUNICACIONES TOTAL 150.000.000.000 250.000.000 C. INVERSION 250.000.000 250.000.000 510 ASISTENCIA TECNICA, DIVULGACION Y CAPACITACION A FUNCIONARIOS DEL ESTADO PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO 250.000.000 250.000.000 510 400 INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES 250.000.000 250.000.000 510 400 5 CAPACITACIONFUNCIONARIOSMINISTERIOSMINISTERIO DE COMUNICACIONES 250.000.000 250.000.000 20 INGRESOS CORRIENTES 250.000.000 250.000.000 TOTAL DESPLAZAMIENTO 150.000.000.000 250.000.000 150.250.000.000

Artículo 2Aplazar El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 2009 En La Suma De Ciento Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta Millones De Pesos ($150

°. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009 en la suma de ciento cincuenta mil doscientos cincuenta millones de pesos ($150.250.000.000), según el siguiente detalle: APLAZAMIENTO – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA PROG SUB SUBP OBJG PROY ORD SPRY REG CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCION 1401 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL TOTAL 150.000.000.000 150.000.000.000 B. SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 150.000.000.000 150.000.000.000 7 SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA 150.000.000.000 150.000.000.000 7 1 AMORTIZACION DEUDA PUBLICA INTERNA 150.000.000.000 150.000.000.000 7 1 6 TITULOS VALORES 150.000.000.000 150.000.000.000 7 1 6 1 TITULOS VALORES 150.000.000.000 150.000.000.000 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 150.000.000.000 150.000.000.000 SECCION 2306 FONDO DE COMUNICACIONES TOTAL 250.000.000 250.000.000 C. INVERSION 250.000.000 250.000.000 211 ADQUISICION Y/O PRODUCCION DE EQUIPOS, MATERIALES, SUMINISTROS Y SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 250.000.000 250.000.000 211 400 INTERSUBSECTORIAL COMUNICACIONES 250.000.000 250.000.000 211 400 14 AMPLIACION PROGRAMA DE TELECOMUNICACIONES SOCIALES (PREVIO CONCEPTO DPN) 250.000.000 250.000.000 20 INGRESOS CORRIENTES 250.000.000 250.000.000 TOTAL APLAZAMIENTO 150.000.000.000 250.000.000 150.250.000.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público