Artículo 1
Artículo primero . A partir del 1° de marzo suprimensé los cargos de Ministro Consejero y Consejero Cultural de la Embajada de Colombia en la Argentina.
Artículo 2
Artículo segundo . Créase el cargo de Consejero de la Embajada de Colombia en la Argentina, con una asignación mensual de $ 800.00. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
Mayor General Gabriel Parisencargado
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público