en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el artículo 69 del Decreto 01 de 1984, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 1823 del 3 de septiembre de 2001 se autorizó a la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, para aceptar el pago del alojamiento y manutención durante su estadía en las ciudades de Lima y Cuzco (Perú), los días 12 al 17 de septiembre, por parte del Ministerio de Educación del Perú y los respectivos tiquetes aéreos, por parte de la Organización de Es
Considerando · 4 motivos
Que mediante Decreto 1823 del 3 de septiembre de 2001 se autorizó a la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, para aceptar el pago del alojamiento y manutención durante su estadía en las ciudades de Lima y Cuzco (Perú), los días 12 al 17 de septiembre, por parte del Ministerio de Educación del Perú y los respectivos tiquetes aéreos, por parte de la Organización de Estados Iberoamericanos, O.E.I.
Que igualmente en este decreto se confirió comisión de servicios al exterior, a la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, para desplazarse a Lima y Cuzco (Perú) del 12 al 17 de septiembre, con el objeto de participar en la V Conferencia Iberoamericana de Cultura a realizarse en este país;
Que en el mismo se encargó a la doctora Marta Mercedes Castrillón Simmons, Viceministra de Cultura, de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura, durante la ausencia de su titular;
Que el Ministerio de Educación del Perú informó la cancelación del evento programado en las ciudades de Lima y Cuzco (Perú);
Artículo 1Revocar En Todas Sus Partes El Decreto 1823 Del 3 De Septiembre De 2001
°. Revocar en todas sus partes el Decreto 1823 del 3 de septiembre de 2001.
Artículo 2
° . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.