Micelio

decreto 24 de 1963

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de la que le confiere el artículo 1° de la Ley 15 de 1959, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 2748 de noviembre 4 de 1961, quedaron exentas del pago de gravámenes arancelarios las importaciones de diversas materias primas destinadas a la fabricación de llantas, neumáticos y artículos técnicos de caucho requeridos por la industria del transporte

Considerando · 2 motivos

Que por Decreto número 2748 de noviembre 4 de 1961, quedaron exentas del pago de gravámenes arancelarios las importaciones de diversas materias primas destinadas a la fabricación de llantas, neumáticos y artículos técnicos de caucho requeridos por la industria del transporte;

Que de acuerdo con el reajuste de precios que se autoriza para los artículos citados anteriormente, al régimen de excepción para ellos no se justifica;

Artículo 1Derógase El Decreto Número 2748 Del 4 De Noviembre De 1961

° Derógase el Decreto número 2748 del 4 de noviembre de 1961.

Artículo 2El Presente Decreto Regirá A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto regirá a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento