El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades legales que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
Artículo 1º
º. Suprímese el Consulado ad honorem de Colombia en Yokohama, Japón.
Artículo 2º
º. Suprímese el cargo de Cónsul ad honorem de Colombia en Yokohama, Japón, actualmente ocupado por el señor Koishi Nishumura.
Artículo 3º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 23 de febrero de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín De Rubio.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
La Ministra de Relaciones Exteriores