Micelio

decreto 1681 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto extraordinario 1042 de 1978

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 003 Del 5 De Febrero De 1992, Emanado De La Junta Directiva Del Fondo De Previsión Social Del Congreso De La República, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 003 De 1992 "por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Fondo De Previsión Social Del Congreso De La República"

º Apruébase el Acuerdo número 003 del 5 de febrero de 1992, emanado de la Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 003 DE 1992 "por el cual se modifica la planta de personal del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República". La Junta Directiva del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el literal l) del artículo 7° del Decreto 1203 de 1985, ACUERDA: Artículo 1° Suprímese en la planta de personal del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República el siguiente cargo: N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 Sección de Servicios Odontológicos Odontólogo General (M. T.) 3085 14 Artículo 2° Créase en la planta de personal del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República el siguiente cargo: N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 Sección de Asistencia Médica Médico General (M. T.) 3085 14 Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional y modifica en lo pertinente el Acuerdo 021 del 23 de noviembre de 1990. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a cinco (5) de febrero de mil novecientos noventa y dos (1992). (Fdo.) Gilberto Enrique Castilla Solano Presidente. (Fdo.) José Manuel Pájaro Martínez Secretario».

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicacion Y Modifica El Decreto 2672 Del 28 De Noviembre De 1991

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacion y modifica el Decreto 2672 del 28 de noviembre de 1991.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto extraordinario 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil