Micelio

decreto 2048 de 1968

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero. Autorízase al doctor Hernán Echavarría Olózaga, Embajador de Colombia en Washington, Estados Unidos de América, o en su defecto al doctor José Camacho Lorenzana, Ministro Plenipotenciario de la misma Embajada, para que firme, en nombre del Gobierno de Colombia, un Contrato de Garantía con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, hasta por la suma de US$ 18.300.000, cantidad que se destinará a financiar parte del Programa de Rehabilitación y Ensanche de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público