en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 de 1992
Artículo 1
º . Adicionase en la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991, así: Nivel y denominación del empleo Código Grado Dirección y Asistencia al Presidente de la República Consejero Alterno para la Paz 111 41
Artículo 2
º . La remuneración mensual del cargo de Consejero Alterno para la Paz, creado en el presente decreto, será equivalente a la que corresponda al cargo de Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 3
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente los Decretos 1681 de 1991 y sus decretos reglamentarios.