Micelio

decreto 1992 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia
Considerando · 1 motivo

Que el Decreto 2117 de 1992, fusionó la Unidad Administrativa Especial de Impuestos Nacionales, creada por el Decreto-ley 1643 de 1991, en desarrollo de la Ley 49 de 1990, con la Unidad Administrativa Especial Dirección de Aduanas Nacionales, creada por la Ley 6ª de 1992, en la Unidad Administrativa Especial denominada Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Artículo 1Adiciónase En La Escala Salarial De Que Trata El Artículo 1° Del Decreto 39 Del 7 De Enero De 1993, El Grado 40 Con Una Asignación Básica Mensual De Un Millón Trescientos Diez Mil Pesos ($ 1

° Adiciónase en la escala salarial de que trata el artículo 1° del Decreto 39 del 7 de enero de 1993, el grado 40 con una asignación básica mensual de un millón trescientos diez mil pesos ($ 1.310.000).

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública