Micelio

decreto 1971 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1º

º. Créase la planta de personal provisional del Ministerio de Cultura, con los siguientes cargos: Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Ministro 1 (Uno) Ministro 0005 1 (Uno) Asesor 1020 17 1 (Uno) Secretario ejecutivo del despacho del Ministro 5230 26 1 (Uno) Conductor mecánico 5310 19 Despacho del Viceministro 1 (Uno) Viceministro 0020 1 (Uno) Secretario ejecutivo del despacho del Viceministro 5240 24 Planta global 1 (Uno) Secretario General de Ministerio 0035 22 3 (Tres) Asesor 1020 14 1 (Uno) Secretario ejecutivo 5040 24 1 (Uno) Secretario ejecutivo 5040 23 2 (Dos) Conductor mecánico 5310 17

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se y cúmplase. Dado en Barranquilla, a 7 de agosto de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política Publíque se y cúmplase
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública