Micelio

decreto 580 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

De conformidad con los Decretos 15 de 1939 y 319 de 1941, la partida apropiada en el capítulo 70, artículo 1053 de la Ley de Apropiaciones vigente, aporte de la Nación para sostenimiento de los restaurantes escolares, que funcionan en los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipio de Bogotá, se distribuye así:

Parágrafo

El Municipio de Bogotá queda obligado a sostener permanentemente durante el año lectivo, los restaurantes de las Escuelas “Ricaurte” y “Bavaria”, dependientes éstas, del Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 1053De La Ley De Apropiaciones Vigente, Aporte De La Nación Para Sostenimiento De Los Restaurantes Escolares, Que Funcionan En Los Departamentos, Intendencias, Comisarías Y Municipio De Bogotá, Se Distribuye Así: Parágrafo

Artículo único. De conformidad con los Decretos 15 de 1939 y 319 de 1941, la partida apropiada en el capítulo 70, artículo 1053 de la Ley de Apropiaciones vigente, aporte de la Nación para sostenimiento de los restaurantes escolares, que funcionan en los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipio de Bogotá, se distribuye así:

Parágrafo

El Municipio de Bogotá queda obligado a sostener permanentemente durante el año lectivo, los restaurantes de las Escuelas “Ricaurte” y “Bavaria”, dependientes éstas, del Ministerio de Educación Nacional. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público