Micelio

decreto 2449 de 1971

3 artículos · lectura continua

Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Funcionamiento

º. Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público, CAPITULO 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 171. Pago de pasivos exigibles. . (Recursos ordinarios). Artículo 1552. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1969, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 13 de 1971, y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto. $ 125.000.000 b) Otros Ministerios 125.000.000 Suma el contracrédito $ 125.000.000

Artículo 2

º . Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. Presupuesto de Inversión. Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 710 Ministerio de Obras Públicas. Programa 711. Plan Vial Nacional. 584-264. Artículo 7136-B. Para entregar al Fondo Vial Nacional, según distribución en el decreto de incorporación al mismo $ 75.000.000 Programa 714. Rehabilitación Ferrocarriles Nacionales. Inversión indirecta. Recursos ordinarios. 584-263. Artículo 7207. Rehabilitación general de los Ferrocarriles Nacionales 50.000.000 Proyecto 12. Rehabilitación de vías 50.000.000 Suman los créditos $ 125.000.000

Artículo 3

º . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público