Micelio

decreto 1032 de 1933

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Desde la fecha, la jurisdicción del Consulado General de Colombia en Berlín, Alemania, será la siguiente: Provincias prusianas de Brandemburgo; Pomerania; Prusia Oriental; Sajonia; Baja Silesia; Alta Silesia y los países de Mecklemburgo- Schwerin y de Mecklemburgo Slrelitz.

Queda así reformada la parte pertinente del Decreto 1999 de 1930, artículo 8°.

Artículo 8Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Reforma Artículo 8 Decreto 1999 De 1930 Comuníquese Y Publíquese

Artículo único. Desde la fecha, la jurisdicción del Consulado General de Colombia en Berlín, Alemania, será la siguiente: Provincias prusianas de Brandemburgo; Pomerania; Prusia Oriental; Sajonia; Baja Silesia; Alta Silesia y los países de Mecklemburgo- Schwerin y de Mecklemburgo Slrelitz. Queda así reformada la parte pertinente del Decreto 1999 de 1930, artículo 8°.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores