Micelio

decreto 313 de 1957

2 artículos · lectura continua

En uso de las facultades que trata el articulo 121 de la Constitución Nacional

Artículo 1Los Comandantes De La Tercera Y Cuarta Brigada Continúan Ejerciendo La Competencia En Los Procesos Penales Que Se Adelantan Por Hechos Sucedidos, Con Anterioridad A La Vigencia Del Decreto Número 0250 De 1957, En Los Municipios De Los Departamentos Del Valle Y De Caldas Que Forman Parte En La Actualidad De La Jefatura Civil Y Militar Del Quindío

º. Los Comandantes de la Tercera y Cuarta Brigada continúan ejerciendo la competencia en los procesos penales que se adelantan por hechos sucedidos, con anterioridad a la vigencia del Decreto número 0250 de 1957, en los Municipios de los Departamentos del Valle y de Caldas que forman parte en la actualidad de la Jefatura Civil y Militar del Quindío.

Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Publica
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas