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decreto 727 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 2° del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973

Artículo 1Prorrogar Hasta El 8 De Mayo De 1993, La Comisión Conferida Mediante Decreto 697 Del 14 De Abril De 1993, Al Doctor Juan Manuel Santos C

° Prorrogar hasta el 8 de mayo de 1993, la comisión conferida mediante Decreto 697 del 14 de abril de 1993, al doctor Juan Manuel Santos C., Ministro de Comercio Exterior, para que viaje a la ciudad de Honolulú, con el fin de entrevistarse con el Presidente y demás autoridades del "PBEC" como parte de la gestión para el ingreso de Colombia a la Asian Pacific Econocim Council "APEC".

Artículo 2El Doctor Santos Calderón, Tendrá Derecho A Pasajero Aéreo En Primera Clase Y A La Suma De Trescientos Ochenta Dólares (Us$ 380

° El doctor Santos Calderón, tendrá derecho a pasajero aéreo en primera clase y a la suma de trescientos ochenta dólares (US$ 380.00) diarios de viáticos por el término de tres (3) días.

Artículo 3Los Gastos Que Ocasione El Cumplimiento De Esta Comisión Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Vigente Del Ministerio De Comercio Exterior

° Los gastos que ocasione el cumplimiento de esta comisión se pagarán con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de abril de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Miguel Silva Pinzón.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 2° del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República