Artículo 515Del Presupuesto Vigente, Se Entregará A La Asociación De Ganaderos, Aunque El Numeral 29 Del Presupuesto De Rentas E Ingresos De 1953 No Produzca Re Curso Alguno
Artículo primero. El saldo de la apropiación del Capítulo 50, artículo 515 del Presupuesto vigente, se entregará a la Asociación de Ganaderos, aunque el numeral 29 del Presupuesto de Rentas e Ingresos de 1953 no produzca re curso alguno.
Artículo 2
Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,