Artículo 1Autorízase Al Banco De La República Para Firmar Solidariamente Con Acerías Paz Del Rio, S
° Autorízase al Banco de la República para firmar solidariamente con Acerías Paz del Rio, S.A., pagarés de deuda externa destinados a completar el valor de las instalaciones y equipos adquiridos por Acerías Paz del Rio, S.A., para la construcción de la Planta y de sus dependencias, hasta por la cantidad de un millón trescientos mil dólares estadounidenses (US$ 1.300.000 en los términos y condiciones que dicha sociedad tiene convenidos con las entidades acreedoras.
Artículo 2Para Respaldar Al Banco De La República Por Las Obligaciones Que Tome A Su Cargo En Desarrollo De Las Autorizaciones Del Presente Decreto, El Gobierno Nacional, A Nombre De La Nación, Asume La Responsabilidad De Ellas En La Cuantía Y Condiciones Estipuladas En Los Respectivos Pagarés, Garantía Que El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Firmara Ante El Banco En La Forma Que Con Éste Acuerde
° Para respaldar al Banco de la República por las obligaciones que tome a su cargo en desarrollo de las autorizaciones del presente Decreto, el Gobierno Nacional, a nombre de la Nación, asume la responsabilidad de ellas en la cuantía y condiciones estipuladas en los respectivos pagarés, garantía que el Ministro de Hacienda y Crédito Público firmara ante el Banco en la forma que con éste acuerde.
Artículo 3Quedan Suspendidas Las Disposiciones Contrarias A Las Del Presente Decreto
° Quedan suspendidas las disposiciones contrarias a las del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.