Artículo 1
Artículo primero. Se autoriza al Ministerio de Agricultura para vender directamente y por un precio no inferior al avalúo hecho por el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", el edificio construído por la Nación para los servicios de la Comisión de Aguas de la Zona Bananera, ubicado en el Corregimiento de Sevilla, Municipio de Ciénaga, en el Departamento del Magdalena.
Artículo 2
Artículo segundo. El producto de la venta del inmueble de que trata el artículo anterior se mantendrá en depósito provisional, a la orden del Ministerio de Agricultura, para invertirlo en la compra de un terreno adecuado para las labores de investigación agrícola que se adelantan conforme al contrato de colaboración celebrado por el Gobierno con la Fundación Rockefeller.
Artículo 3
Artículo tercero. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.