Micelio

decreto 727 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 45 del Decreto legislativo número 289 de 1950

Artículo 1A Partir Del Primero De Abril Del Presente Año, Suprímense Los Cargos De Mecanotaquígrafa-Oficial De Correspondencia Del Despacho Del Ministro De Educación Nacional Y Director "revista De Las Indias"

° A partir del primero de abril del presente año, suprímense los cargos de Mecanotaquígrafa-Oficial de Correspondencia del Despacho del Ministro de Educación Nacional y Director "Revista de Las Indias".

Artículo 2A Partir Del Primero De Abril De Año En Curso, Créase La Revista "bolívar" Como Órgano Oficial Del Ministerio De Educación Nacional, La Cual Funcionará Como Dependencia Directa Del Despacho Del Ministro Y Con Un Director Con Asignación Mensual De $ 800

° A partir del primero de abril de año en curso, créase la Revista "Bolívar" como Órgano Oficial del Ministerio de Educación Nacional, la cual funcionará como dependencia directa del Despacho del Ministro y con un Director con asignación mensual de $ 800.00.

Artículo 3La Biblioteca De Cultura Popular Colombiana Quedará Bajo La Dependencia Inmediata Del Director De La Revista "bolívar" Creada Por Este Decreto

° La Biblioteca de Cultura Popular Colombiana quedará bajo la dependencia inmediata del Director de la Revista "Bolívar" creada por este Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional