Micelio

decreto 305 de 1876

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Artículo 1Revalídase En Todas Sus Partes El Decreto Número 274 De 1874 (27 De Julio) Sobre Servicio Diplomático I Consular, Desde Esta Fecha Hasta Que Cesen Las Causas Que Lo Motivaron, I Aun Lo Motivan

° Revalídase en todas sus partes el decreto número 274 de 1874 (27 de julio) sobre servicio diplomático i consular, desde esta fecha hasta que cesen las causas que lo motivaron, i aun lo motivan.

Artículo 2Los Cónsules Nombrados Durante La Vijencia Del Decreto Número 274, No Tienen Derecho A Viáticos De Regreso; Ni Lo Tendrán En Adelante Los Empleados En Este Ramo, Que Al Recibo De Este Decreto Continúen En Sus Puestos, Lo Que Indicará Que Aceptan Las Disposiciones Revalidadas I Quedan, Comprendidos En Ellas

° Los Cónsules nombrados durante la vijencia del decreto número 274, no tienen derecho a viáticos de regreso; ni lo tendrán en adelante los empleados en este ramo, que al recibo de este decreto continúen en sus puestos, lo que indicará que aceptan las disposiciones revalidadas i quedan, comprendidos en ellas.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores