Micelio

decreto 2448 de 1999

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por los numerales 1° y 18 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, y CONSIDERANDO: Que el señor Ministro de Cultura, doctor Juan Luis Mejía Arango, fue comisionado mediante Decreto 2357 del 23 de noviembre de 1999, a Madrid (España) del 27 de noviembre al 2 de diciembre de 1999, con el objeto de participar como ponente en el "Primer Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultu

Considerando · 2 motivos

Que el señor Ministro de Cultura, doctor Juan Luis Mejía Arango, fue comisionado mediante Decreto 2357 del 23 de noviembre de 1999, a Madrid (España) del 27 de noviembre al 2 de diciembre de 1999, con el objeto de participar como ponente en el "Primer Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura" y a Puerto Príncipe (Haití) del 3 al 7 de diciembre de 1999, con el fin de asistir al "XI Foro de Ministros de Cultura para América Latina";

Que por razones de itinerario generadas por mal tiempo el doctor Juan Luis Mejía Arango, debió permanecer en Madrid (España) hasta el 4 de diciembre de 1999 y no se trasladó a Puerto Príncipe (Haití);

Artículo 1

° . Derógase el artículo 1° del Decreto 2357 del 23 de noviembre de 1999, por medio del cual se autorizó al señor Ministro de Cultura doctor Juan Luis Mejía Arango, para aceptar la invitación del Ministerio de Cultura de Haití, consistente en el suministro de los viáticos, para asistir al "XI Foro de Ministros de Cultura para América Latina".

Artículo 2

° . Modificase el artículo 2° del Decreto 2357 del 23 de noviembre de 1999, el cual quedará así: "Artículo 2°. Confiérese comisión de servicios al exterior, al señor Ministro de Cultura doctor Juan Luis Mejía Arango, para desplazarse a Madrid (España) del 27 de noviembre al4 de diciembre, con el objeto de participar como ponente en el "Primer Congreso Iberoamericano de Derecho de la Cultura".

Artículo 3

° . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de diciembre de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República