Micelio

decreto 2745 de 1953

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1839, Ordinal 19) Del Presupuesto Vigente, Zona De Carreteras De Túquerres

Artculo 1° Disminúyese en $ 30 000.00 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1839, ordinal 19) del Presupuesto vigente, Zona de Carreteras de Túquerres. Esta suma se incorporará en la partida global correspondiente al Capítulo 116, artículo 1839.

Artículo 2Del Saldo En La Fecha Correspondiente A La Suma Global Apropiada En El Actual Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas, En El Capítulo 116, Artículo 1839, "para Gastos De Conservación Y Adiciones Y Mejoras De La Red De Carréteras Nacionales", Adiciónase La Apropiación Del Ordinal 1), Zona De Carreteras De Bogotá, En $ 30

° Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 116, artículo 1839, "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carréteras nacionales", adiciónase la apropiación del ordinal 1), Zona de Carreteras de Bogotá, en $ 30.000.00. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público