Micelio

decreto 2745 de 1949

1 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno, se llevará a cabo la publicación de la Revista de Medicina Legal de Colombia, bajo la dirección del Instituto de Medicina Legal.

Parágrafo

El papel y cartulina necesarios lo suministrará el Instituto de Medicina Legal, así como los originales correspondientes, y a cargo de ésta estará la corrección de pruebas. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público