Micelio

decreto 1189 de 1961

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 15 de 1959, y CONSIDERANDO: Que por Decreto 0031 de 1960, se creó en el Municipio de Cali, el Fondo para el Transporte, en dicha ciudad

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto 0031 de 1960, se creó en el Municipio de Cali, el Fondo para el Transporte, en dicha ciudad;

Que por. Decreto 0702 de 1960 se amplió al siete por ciento (7%) del recaudo mensual, el valor correspondiente para gastos de administración del Fondo;

Que el producto equivalente al siete por ciento (7%) de los recaudos es insuficiente para su buena administración;

Artículo 1

° . Modificase el artículo 1° del Decreto 0702 de 1960, en la siguiente forma: Para la administración del Fondo para el Transporte en Cali, se podrá destinar hasta un, diez por ciento (10%) de los recaudos mensuales, por concepto de cuotas patronales hasta el 31 de diciembre de 1961.

Artículo 2

° . Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República