Artículo 1Aclárase El Artículo 1° Del Decreto Número 1337 De Agosto 3 De 1970, En El Sentido De Que La Suma De Doscientos Cincuenta Mil Pesos ($ 250
° Aclárase el artículo 1° del Decreto número 1337 de agosto 3 de 1970, en el sentido de que la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) moneda corriente, se destina a la compra de terrenos para ampliar la cabecera del Municipio de San José del Palmar, Departamento del Chocó, a fin de preservar la población contra erosiones, y no para el traslado de la misma Cabecera Municipal, como se dispone en la norma citada.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público