Micelio

decreto 2744 de 1974

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1974, Con La Cantidad De Cuarenta Y Cinco Millones Quinientos Tres Mil Ciento Ocho Pesos ($ 45

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de cuarenta y cinco millones quinientos tres mil ciento ocho pesos ($ 45.503.108.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 36 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS CAPITULO XIII Recursos del Crédito. a) Recursos del crédito interno Numeral 124. Emisión Pagarés Semestrales de Emergencia Económica $ 45.503.108 Suma el recurso $ 45.503.108

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO. CAPITULO 001 Senado de la República Programa 001. Estudio, discusión y aprobación de leyes en el Senado. Pagarés Semestrales de Emergencia Económica. Servicios personales. 101 111 101. Artículo 0001-A. Dietas y gastos de Representación $ 6.159.999 102 111 117. Artículo 0005-A. Prima de Navidad 1.120.000 Capítulo 002 Cámara de Representantes Programa 002 Estudio, discusión y aprobación de leyes en la Cámara Pagarés Semestrales de Emergencia Económica Servicios Personales 101 111 101. Artículo 0021-A. Dietas y gastos de representación $10.944.999 102 111 117. Artículo 0025-A. Prima de Navidad 1.999.000 101 111 101. Artículo 0021-A. Dietas y gastos de representación $10.944.999 102 111 117. Artículo 0025-A. Prima de Navidad 1.999.000 Capítulo 003 Congreso Nacional Programa 003 Pago de vigencias expiradas Pagarés Semestrales de Emergencia Económica Senado de la República Artículo 0042. Para el pago de gastos de vigencias expiradas del Senado de la República, por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $3.284 Artículo 0043. Para el pago de gastos de vigencias expiradas del Senado de la República, por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 12.003.836 Cámara de Representantes Artículo 0044. Para el pago de gastos de vigencias expiradas de la Cámara de Representantes, por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 385.387 Artículo 0045. Para el pago de gastos de vigencias expiradas, de la Cámara de Representantes, por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 12.895.603 Suman los créditos adicionales $45.503.108

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público