DecretoVigente
Decreto 3578 de 2011
por el cual se establece la Planta de Personal Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- y se dictan otras disposiciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Funciones Propias De La Autoridad Nacional De Licencias Ambienta- Anla - Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que Se Establece A Continuación: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Despacho 1 (Uno) Director General De Unidad Administrativa Especial 0015 2 (Dos) Asesor 1020 13 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 Número De Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Planta Global 2 (Dos) Subdirector Técnico 0150 21 1 (Uno) Subdirector Administrativo Y Financiero 0150 21 2 (Dos) Asesor 1020 13 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora De Planeación 1045 16 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora Jurídica 1045 16 10 (Diez) Profesional Especializado 2028 24 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 21 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 19 13 (Trece) Profesional Especializado 2028 17 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 16 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 15 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 14 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 13 9 (Nueve) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 09 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 08 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 15 2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 14 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 09 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 212El Director De La Autoridad Nacional De Licencias Ambientales - Anla -, Mediante Resolución, Incorporará Los Empleados Públicos Que Del Ministerio De Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial Continuarán Prestando Sus Servicios En La Autoridad Nacional De Licencias Ambientales - Anla - Y Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades De La Institución3La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Establecida En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación4La Incorporación Y El Nombramiento En Los Empleos De La Planta De Personal, Se Realizará De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley 909 De 2004 Y Demás Disposiciones Sobre La Materia5La Provisión De Los Empleos Creados En El Presente Decreto Se Efectuará En Forma Gradual, De Conformidad Con Las Disponibilidades Presupuestales Y Hasta La Concurrencia De Las Respectivas Apropiaciones6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el literal n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Elizabeth Rodríguez TaylorLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública