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decreto 1773 de 2018

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 087 de 2011 establece la estructura del Ministerio de Transporte

Considerando · 2 motivos

Que el Decreto número 087 de 2011 establece la estructura del Ministerio de Transporte;

Que en el numeral 8.7 del artículo 8° del Decreto número 087 de 2011 se asignaron funciones a la Oficina Jurídica en materia de contratación, las cuales deben estar bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Ministerio, en razón a que esta dependencia lidera y coordina las funciones presupuestales y financieras, de las cuales depende el proceso contractual; Que, por lo expuesto, se requiere suprimir la función de contratación de la Oficina Asesora Jurídica y asignar las funciones en materia contractual a la Secretaría General del Ministerio de Transporte;

Artículo 1Funciones Oficina Jurídica Del Ministerio De Transporte

°. Funciones Oficina Jurídica del Ministerio de Transporte . Modificar el artículo 8° del Decreto número 87 de 2011, el cual quedará así: “ Artículo 8 °. Oficina Asesora de Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora de Jurídica, las siguientes: 8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplica­ción e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.2. Establecer los criterios de interpretación legal de última instancia del Ministerio. 8.3. Contribuir al estudio de temas que, según su naturaleza, hayan sido previamente proyectados y debatidos en otras dependencias y respecto de los cuales haya de fijarse la posición jurídica del Ministerio. 8.4. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, resolucio­nes, contratos, convenios y demás actos administrativos que deba expedir o pro­poner el Ministerio y que sean sometidos a su consideración. 8.5. Atender los procesos judiciales y extrajudiciales en los que sea parte la Nación - Ministerio de Transporte, cuando así lo disponga el Ministro, y suministrar al Ministerio del Interior y de Justicia las informaciones y documentos necesarios para la adecuada defensa de los intereses del Estado. 8.6. Adelantar las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Ministerio por todo concepto, desarrollando las labores de co­bro persuasivo, y adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva, en las condiciones que señale la ley. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado. 8.8. Compilar las normas legales, conceptos, jurisprudencia y doctrina relacionados con la actividad del Ministerio y velar por su actualización, difusión y aplica­ción. 8.9. Las demás que se le asignen”.

Artículo 2Funciones Secretaría General Ministerio De Transporte

°. Funciones Secretaría General Ministerio de Transporte. Modificar el artículo 18 del Decreto número 87 de 2011, el cual quedará así: “ Artículo 18 . Secretaria General . Son funciones de la Secretaria General, las siguientes: 18.1. Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros del Ministerio. 18.2. Coordinar y programar las actividades de administración de personal, seguri­dad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo con las políticas del Ministerio y las normas legales sobre la materia. 18.3. Dirigir los programas de selección, inducción, capacitación y calidad laboral de los funcionarios del Ministerio, en concordancia con las normas legales vigentes. 18.4. Dirigir y controlar en todos los niveles, los procesos administrativos y finan­cieros del Ministerio. 18.5. Dirigir los procesos de selección para la adquisición de bienes y servicios. 18.6. Coordinar a través de la Subdirección Administrativa y Financiera con la Ofi­cina de Planeación la elaboración del anteproyecto de presupuesto de funcio­namiento e inversión. 18.7. Establecer mecanismos para controlar el manejo del archivo y la correspon­dencia del Ministerio, de conformidad con las normas legales vigentes. 18.8. Recibir y tramitar las quejas y reclamos que se presenten en relación con el Ministerio. 18.9. Adelantar y fallar en primera instancia las investigaciones disciplinarias de conformidad con la normatividad vigente. 18.10. Ejecutar los planes, programas y proyectos relacionados con la planeación y desarrollo de sistemas de información y recursos tecnológicos. 18.11. Dirigir la programación, elaboración y ejecución de los Planes de Contratación y de Adquisición de la Entidad, de manera articulada con los instrumentos planeación y presupuesto”. 18.12. Elaborar los contratos y convenios que requiera el Ministerio de Trasporte y propender por su perfeccionamiento y legalización, incluyendo las minutas de liquidación de los contratos y certificar la suscripción, legalización y vigencia de los mismos”. 18.13. Las demás que le sean asignadas”.

Artículo 3Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 8° y 18 del Decreto número 087 de 2011.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
La Ministra de Transporte
El Director (E) del Departamento Administrativo de la Función Pública